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ISSN 2805-8275 / VOL. 2 N°. 2 /AÑO 2022
BOGOTÁ, D.C., DICIEMBRE 2022-JUNIO 2023 5
Editorial
públicas. Al integrar el juicio de valor del sujeto infractor sobre su carcelario, entonces no se tiene un problema jurídico penal sino un
propia conducta y el juicio de valor que los demás tienen sobre problema social o tal vez educativo.
la conducta del mismo sujeto se puede afirmar que la conducta
corrupta se encuentra inscrita en una red social en donde cada En este segundo número de la Revista Control Visible queremos
individuo es capaz de aprobar o rechazar la comisión de ciertos proponer nuevas formas de acercarnos al problema de la corrupción
delitos. En ese sentido, la valoración de la conducta corrupta se en Colombia. Y para ello la selección de artículos, teorías y métodos
encuentra circunscrita a una densa red de creencias y valoraciones acuden a diversas disciplinas y a un amplio conjunto de datos.
interdependientes. En aquellos casos en los que el sujeto infractor
goza de la secreta admiración de los demás asociada a la comisión
de los delitos contra la administración pública será muy difícil la
disminución de los actos de corrupción. Por el contrario, cuando
cada ciudadano considera que los demás no son infractores y
que por el contrario son mucho menos corruptos que él mismo,
entonces se crean condiciones favorables para una contención
psicológica y social frente a la comisión de actos de corrupción. Este
es un ejemplo acerca de cómo podemos construir borradores de
teorías y nuevos datos que nos ayuden a ensayar otros caminos en
la lucha contra la corrupción.
Una consecuencia del ensayo teórico propuesto arriba es que nos
invita a reconocer que la conducta y su valoración se encuentran
enmarcadas en una compleja red de interdependencias en las
que aquello que creemos acerca de los demás es importante
en el resultado social. En esta red de individuos y creencias las
organizaciones del Estado juegan un papel clave porque sirven
también como amplificadores de la conducta de los ciudadanos.
Lo anterior implica una actualización de nuestros modelos sobre
la acción humana. No se trata sólo de explicar el comportamiento
de un individuo que maximiza sus ingresos, sino que también
importan las creencias éticas que justifican las acciones y el grado
de reproche social esperado, el cual depende también de aquello
que hacen las entidades del Estado. En ese sentido, un cambio en
las creencias también puede implicar un cambio en la conducta. Si
soy capaz de creer – y para ello se necesitan datos – que la mayoría
de los colombianos son menos propensos a la corrupción que yo, y
que están dispuestos a rechazar moralmente la comisión de esos
delitos, entonces será menos probable que yo participe en actos de
corrupción. Por el contrario, si cada ciudadano tiene la firme creencia
de que los demás son mucho más corruptos entonces se cuenta
con un espacio de auto justificación para la conducta corrupta.
Un cambio de enfoque en ese sentido nos permitiría justificar
que la lucha contra la corrupción no depende principalmente
de la capacidad del Estado para aplicar la ley por medio de la
investigación criminal, la cual por lo demás es muy costosa. Cuando
hay una conducta que se presenta de manera generalizada en la
sociedad, y además dicho comportamiento supera cada año el cupo
Revista de la Auditoría General de la República